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Newsletter 2                                                                    April 29th, 2004 
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"We can easily forgive a child who is afraid of the dark.
The real tragedy of life is when men are afraid of the light"
Plato
 
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DIDACTICS II
 
Dear All,
 
Please find below the General Guidelines for Organization of your Practicum 2004
 
All Best Wishes
 
Omar 
 
 
PRACTICA DE LA ENSEÑANZA
 
La Práctica de la Enseñanza se realizará  por pares de estudiantes practicantes a los que se denominará “parejas pedagógicas”.
Cada pareja pedagógica se hará  cargo de un año del Primer o Segundo Ciclo de la EGB  en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires o de un grado de la Enseñanza Primaria en jurisdicción del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires durante un período de 8 meses.
Mientras un miembro de la  pareja pedagógica se encuentra al frente de los alumnos, el otro miembro realizará observación y evaluación del proceso.
 
Durante el primer semestre cada uno de los miembros del par practicará  por 4 semanas seguido por 4 semanas de práctica del otro miembro del par. Esta primera ronda será seguida por otras 2 series de 4 y 4 semanas correspondientes a la segunda ronda. El mismo esquema se repetirá en el segundo semestre.
 
De acuerdo con las disposiciones superiores en vigencia en las jurisdicciones antes mencionadas, los alumnos practicantes no podrán permanecer en el mismo curso durante los 2 semestres pudiéndolo hacer en el mismo establecimiento rotando los cursos de existir dicha posibilidad práctica.
 
Esquemáticamente:
 
Pareja pedagógica A + B
 
Primer Semestre:
 
A:      4 semanas               Escuela 1
B       4 semanas               Escuela 1
A:      4 semanas               Escuela 1
B:      4 semanas               Escuela 1
 
Segundo Semestre
 
A:      4 semanas               Escuela 2 o Curso 2 en Escuela 1
B       4 semanas               Escuela 2 o Curso 2 en Escuela 1
A:      4 semanas               Escuela 2 o Curso 2 en Escuela 1
B:      4 semanas               Escuela 2 o Curso 2 en Escuela 1
 
Las fechas, cursos, establecimientos y horarios de las prácticas profesionales se fijarán de acuerdo con la disponibilidad de docentes calificados para la supervisión de las clases, las disponibilidades otorgadas por los órganos superiores de conducción de los establecimientos de cada jurisdicción y el presupuesto anual de gastos del INSPT dependiente de la UTN.
 
Al iniciar el período de práctica profesional docente, los alumnos dedicarán un mínimo de 2 semanas para la observación del proceso de enseñanza aprendizaje en el
curso del cual se harán cargo. Este período se denominará período de ajuste.
Dichas dos semanas se computarán dentro de la duración total del período de práctica profesional.
 
Las prácticas profesionales serán supervisadas por profesores supervisores de prácticas (con el cargo de Jefes de Trabajos Prácticos). Dichos profesores deberán visitar las clases de cada pareja pedagógica por lo menos una vez por semana, redactarán por lo menos un informe semanal por pareja pedagógica  y emitirán juicio fundado acerca de la aprobación de la práctica profesional una vez finalizados los 8 meses de la misma. Dichos profesores rubricarán con el titular de la cátedra la libreta universitaria de cada alumno en carácter de JTP.
 
En casos excepcionales y únicamente justificados por el desempeño sobresaliente de  uno o ambos miembros de la pareja pedagógica, el profesor supervisor de práctica podrá solicitar a los  profesores titulares de la cátedra se dispense a uno o a ambos miembros de la pareja pedagógica de completar el período total de 8 meses. 
En este caso se constituirá una comisión evaluadora en el establecimiento educativo en el que se desempeñen los practicantes a fin de evaluar la actuación del o los alumnos practicantes. Dicha comisión evaluadora estará integrado por el supervisor a cargo del practicante y por lo menos otro profesor de la especialidad. Las prácticas no podrán interrumpirse antes de completados un mínimo de 4 meses por pareja pedagógica y sólo podrán partirse en períodos de 2 meses, es decir podrán interrumpirse por desempeño sobresaliente a los 4 ó a los 6 meses de práctica profesional por pareja pedagógica.